Categoría: Opinión

División de poderes, DNU 70/23 y consulta popular

El Congreso Nacional fue el órgano más débil en la Constitución de 1853/60, a pesar de ser esencial en el sistema republicano y para una equilibrada división de poderes. La reforma constitucional de 1994 -que conservó la esencia de aquella Constitución histórica, sin modificar ninguno de sus 35 artículos iniciales que conformaron el ideario de sus inspiradores de la generación del ‘37- procuró corregir esa deficiencia.

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